jueves, enero 26, 2012

Declaración de ASOQUIMBO

El 25 de Enero de 2012 en el Municipio de Gigante en las instalaciones del Colegio Nacional Ismael Perdomo Borrero, se desarrollo la Mesa 1 sobre la Problemática de los Pescadores artesanales afectados por el Proyecto Hidroeléctrico el Quimbo, en cumplimiento a lo establecido en el acuerdo suscrito entre el Gobierno Nacional y Asoquimbo el 17 de Enero del presente año.


La mesa instalada por el Alcalde del Municipio de Hobo, conto con 6 ponencias centrales y las denuncias de los pescadores afectados, en su mayoría no censados, ni reconocidos por Emgesa. Con la participación de más de 300 pescadores provenientes de las zonas del Rio Magdalena, se concluyo en considerar pertinente, urgente e impostergable la suspensión cautelar de todas las obras y la licencia ambiental relacionadas con el desarrollo del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo hasta tanto se cuente con estudios y evaluaciones de fondo y con rigor científico relacionados con el Diagnóstico Ambiental de Alternativas (Ley 99 de 1993), la valoración de los atributos y servicios ambientales, la destrucción de las cadenas productivas y la seguridad alimentaria, el valor arqueológico del área afectada, los factores de riesgo por fallamiento geológico y las serias evidencias sobre la posible responsabilidad de EMGESA en la destrucción del puente El Paso del Colegio.


La contraloría de la Nación, la Defensoría Regional del Pueblo, Alcaldes municipales de Gigante y Hobo, la Personera Municipal de Hobo, permanecieron durante el desarrollo de la mesa, después del anuncio hecho por el Gobierno Departamental del retiro de la ANLA, debido a la supuesta “existencia de un paro de pescadores de Hobo”.


Asoquimbo rechazó la actitud de la Autoridad Nacional de Licencias al considerar que no existía ningún motivo de su retiro, debido a que los pescadores en mención se encuentran desarrollando la actividad de la pesca artesanal reconocida por la Ley 13 de 1990 -Estatuto General del Pescador- que en su artículo 3: establece: “Declárase la actividad pesquera de utilidad pública e interés social. Entiéndese por actividad pesquera el proceso que comprende la investigación, extracción, cultivo, procesamiento y comercialización de los recursos pesqueros” y el Articulo 4: “El Estado propiciará la mayor participación de los colombianos en la actividad pesquera”. Además, “los pescadores se encuentran en su hábitat natural y que según el artículo 9 de la Ley 1242 de 2008, fundamentada en el artículo 63 de la Constitución Política y 83 de recursos naturales establece que “se declara como inalienable, imprescriptible e inembargable una franja de terreno que se extiende a 30 metros por cada lado del cauce, medidos a partir de la línea en que las aguas alcancen su incremento”.


No obstante los obstáculos e incumplimiento de la ANLA, las mesas continuaran desarrollándose conforme a la agenda metodología y cronograma acordados entre el Gobierno Departamental, la CAM y Asoquimbo.


Gigante, Huila, enero 25 de 2012

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